En
primer lugar, basándonos en el marco legal de un país y en lo que es legal y
no, podemos simplemente decir que todo aquella actividad de un funcionario que
no se ajuste a la normativa vigente será corrupción. Y, a pesar de que se diera
el caso donde un acto sea considerado mayoritariamente como abusivo pero esté
permitido o es legal, no es corrupto. Por lo que obtenemos que auque un acto no
sea legalmente considerado corrupto puede ser no ético o inmoral. No obstante,
la ley proporciona un texto firme en el que ciudadanos y especialmente abogados
pueden sujetarse y da un margen para que la legislación pueda enmendar las
leyes y así lidiar con estos nuevos asuntos.
Para
entender un poco más las contradicciones que desprende esta definición, Scott
utiliza un ejemplo de corrupción parafraseando a Aristóteles: “nuestra concepción de corrupción no
cubre esos sistemas políticos que son, en términos artistotélicos, corruptos y
que sistemáticamente sirven los intereses de determinados grupos o castas. Es
por esto que cierto régimen puede estar sesgado o puede ser especialmente
represivo con ciertas demandas mientras que tiende a favorecer los intereses de
grandes empresas, una determinada etnia o región de forma evidente y constante
y aún así, si no incumple las normas formales, no puede ser denunciado como
corrupción”
En Estados Unidos, que el presidente George Bush, su vicepresidente y su secretario de defensa se enriquecieran en Iraq con una guerra que ellos mismos habían promovido, no supuso ningún conflicto de intereses para la Justicia Norteamericana.
El
profesor Scott, reconoce por ende tres problemas con una definición
exclusivamente basada en la normativa legal; el primero es el peligro de asumir
que todo lo legal es éticamente correcto; el segundo, que una acción idéntica
en dos naciones puede tener repercusiones totalmente diferentes debido a sus
distintas leyes; y tercero, que existiría una distorsión evidente a la hora de
catalogar una acción como corrupta o ilegal en países donde el sector público
abarque una gran parte de mercado, es decir, un Estado donde casi todo el mundo
dependa de la administración no es comparable en términos legales a uno donde
sea el sector privado que abarque a la mayoría de empleados.
A priori,
la mayoría de autores aquí referenciados estarían de acuerdo con que en última instancia debe ser fundamentalmente la
legalidad lo que determine una actividad corrupta de otra que no lo es,
sin embargo existen a otros niveles tal vez más abstractos y en clara búsqueda
del deber ser nos encontramos con definiciones cuya base claramente es el
“Interés General” y la “Opinión Pública”.
Ligándolo
con la definición anterior, hay que tener en cuenta que bajo ciertas
circunstancias hacer algo ilegal va más en consonancia con la ética, mientras
que a veces lo legal no. Para ilustrarlo vamos a utilizar dos ejemplos que John
Gardiner utiliza en “Defining Corruption”1:
Ejemplo
nº1: durante el régimen Nazi, a los judíos se les fue prohibido emigrar pero en
algunos funcionarios públicos alemanes cobraron miles de marcos para aprobar su
huida.
En la Alemania nazi, se exterminaba a una parte de la ciudadanía en aras del "interés general".
Ejemplo
nº2: A lo largo de los cincuenta y sesenta, en los Estados Unidos se llevaron a
cabo políticas de renovación de barriadas o suburbios con el objetivo de
renovar la zona construyendo gran cantidad de edificios. Sin embargo durante el
proceso, miles de personas (sobre todo gente negros y pobres) fueron
desalojadas de esas sus casas las cuales fueron demolidas, sin poseer ningún
derecho sobre las nuevas construcciones (muchas de lujo) que además se
revalorizaron rápidamente. Todo el proceso fue llevado a cabo dentro de la
legalidad y cada funcionario cumplió con su función y rol en él.
El desmantelamiento de las industrias en las grandes urbes con población afroamericana dió paso a su empobrecimiento y posterior desalojo del área urbana. Los fondos especulativos se hicieron con los inmuebles revendiéndolos a clases acomodadas, provocando una inhumana transferencia de riqueza, absolutamente legal.
Sin
embargo, siempre existirían diferencias de opinión, aquellos que apoyaron el
régimen Nazi alegarían que el funcionario que no cumpliese la ley estaría yendo
en contra del interés popular alemán sobre la purificación de la raza aria, por
el otro lado, los defensores del proceso de renovación urbano dirían que la
nueva imagen y el impulso económico justifican el daño a aquellas personas
desalojadas. En resumen, los efectos de la corrupción en el interés público no
puede ser analizado sin considerar las variadas opiniones que pueden existir
acerca del rumbo que debe emprender la sociedad.
Por lo
que, la aceptación generalizada de que la legislación puede crear políticas
injustas, especialmente en naciones con extrema pobreza, acceso discriminatorio
al sistema, o leyes represivas, hace que muchas personas observen que bajo esas
circunstancias acciones catalogadas como “corruptas” sean necesarias o incluso,
más justas.
Otra
importante referencia para saber qué puede ser considerado corrupción es la
opinión pública o la cultura popular que demandará una ley al igual que
representantes y funcionarios más honestos si es una sociedad que denuncia. En
este sentido, una ciudadanía sensible con este tema
puede demandar un determinado comportamiento y es que los valores relacionados
con la corrupción probablemente afectará a su manera de comportarse y en la
posibilidad de sobornar o no a un funcionario público. Es por
todo esto que entendiendo la opinión pública dará una base sólida para conocer
y analizar la aplicabilidad de las leyes. En este sentido, el científico social
estadounidense Arnold Heidenheimer enarbola una clasificación de actividades
corruptas en “black”,
“grey” y “white” según la actitud
(aceptación o rechazo) que generen ellas, así, “black corruption” generaría un rechazo
generalizado ya no sólo por ser ilegal o no, sino por la inmoralidad de la
acción, “grey corruption”
indicaría que algunos elementos, normalmente élites, consideran que la acción
debe ser ilegal por lo tanto castigada, otros (la mayoría) tenderían a mantener
una posición más ambivalente. Por último “white
corruption” haría referencia en palabras de Heidenheimer a un tipo
de actividad que para la mayor parte de las élites y masa social sería
tolerable y no requeriría ningún tipo de castigo por realizarla.
No
obstante, y al igual que muchos autores se preguntan, ¿quiénes son la opinión
pública? ¿sólo los adultos hombres blancos y pudientes? ¿las personas que
votan? ¿o a caso las personas que rellenan las encuestas?
Parece
evidente que la opinión pública sobre un tema como corrupción será cambiante a
lo largo del tiempo y estará sujeta a multitud de condicionantes y obedecerá a
intereses de diferentes grupos. Por estas y otras razones Pierre
Bourdieu señala
que “la opinión pública
sería una construcción social que en la mayoría de casos es configurada y
enunciada por los medios de comunicación a partir de técnicas de encuestas pero
que en pocos casos significan la opinión de la inmensa mayoría”.Y,
en el caso de corrupción y tipos de, las actitudes pueden ser diversas.

"...la cantidad y nivel mediático de los escándalos sobre corrupción puede tener un gran impacto sobre la conciencia de la gente y su nivel de indignación acerca de estos asuntos (al menos a corto plazo)." En el caso de España, el sentido común puso en jaque al Orden Legal que permitía desahucios indiscriminados. Ante el espectáculo de familias en la calle mientras los bancos mantenían millones de viviendas vacías, los bomberos se negaban a actuar, y muchos agentes de la policía se daban de baja para no participar en los desalojos. El Gobierno tuvo que suavizar la Ley.
Además,
como Jhonston2 profesor de ciencias políticas en la Colgate University y uno de
los autores clave para entender la corrupción política y otros apuntan, la
cantidad y nivel mediático de los escándalos sobre corrupción puede tener un
gran impacto sobre la conciencia de la gente y su nivel de inginación acerca de
estos asuntos (al menos a corto plazo).
Volviendo
a John Gardiner, y su análisis de cómo podemos definir corrupción según el
interés general, en su conclusión nos da otra pista sobre el problema de raíz
que a su vez conecta la definición y el cómo combatirla, el nivel de intolerabilidad o rechazo
que genera corrupción en un determinado contexto, la cual será más firme y unánime,
basándose en dos importantes estudios llevados acabo en Estados Unidos acerca
de qué hace un acción más moralmente intolerable dentro del ámbito
burocrático-político, si el que lo hace es un juez o un cargo no electo, si el
acto fue parte de su rol laboral más que como individuo, si las decisiones
tienen relación con servicios públicos más que con intereses privados y, de las
cantidades de dinero que se sustraiga o “pierda”.
Por lo
que podemos concluir que las medidas que pueden llevarse a cabo podrían
resultar inútiles o superficiales cuando bajo ciertas circunstancias el interés
general crea que una acción ilegal pueda ser una herramienta para sobrevivir,
cuando las encuestas nos dicen que los ciudadanos no están preocupados de la
misma forma sobre cada una de las acciones que viola la ley, cuando el nivel de
aceptación de actividades corruptas es mayoritaria (a pesar de su ilegalidad),
o cuando sólo se catalogan de actividades corruptas aquellos actos que son
escandolosos por sus formas o cantidades (lo que Heidenheimer calificaría como
“black corruption”). Todas estas circunstancias distinguen y hacen complejo
combatir la corrupción aunque será necesario tenerlas profundamente en cuenta a
la hora de proponer medidas que la combatan.
Secretario de la Juventud del MAS
1) GARDINER, John “Defining Corruption” en Political Corruption: Concepts and Contexts
2) Johnston, Michael (2005); Syndromes of
corruption: wealth, power, and democracy. Cambridge University Press


